Proceso de Autonomía de Andalucía

Os dejo una presentación para aclarar el proceso de autonomía de Andalucía con las principales fechas y acontecimientos importantes que marcaron el camino de nuestra comunidad desde la época de la transición hasta la reforma del Estatuto en 2007.
"La cultura de un pueblo es la totalidad de sus formas exteriores de vida que él mismo se ha creado, y el contenido espiritual que en ellas se manifiesta".
Blas Infante.
 http://www.slideshare.net/garcinotario/historia-de-la-autonoma-de-andaluca

A continuación, podéis ver un vídeo en el que se hace un repaso histórico que nos explica el motivo de la celebración del 28 de Febrero.

Sobre el derecho de huelga de los estudiantes de Educación Secundaria Obligatoria

Sobre el derecho de huelga de los estudiantes.

Desde la Federación de Enseñanza de Comisiones Obreras, y ante la confusión que algunos sectores políticos y educativos han introducido respecto al derecho de huelga del alumnado, ha respondido así a las preguntas de algunos profesores:

Entre los derechos del alumnado recogidos en el art. 3 del Decreto 327/2010 por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria (BOJA de 16 de julio), no se encuentra estipulado el derecho a la huelga como tal, puesto que el derecho de huelga es un derecho de los trabajadores. No obstante,  en el art. 4 se establece la posibilidad de que a partir del tercer curso de la educación secundaria obligatoria las decisiones colectivas que adopte el alumnado, con respecto a la asistencia a clase no tengan la consideración de conductas contrarias a la convivencia ni sean objeto de corrección, cuando éstas hayan sido resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente por escrito por el delegado o delegada del alumnado del instituto a la dirección del centro,  no siendo necesaria la justificación de estas ausencias de manera individual.

Es decir, que si el secundar la convocatoria de “huelga” ha sido acordado por los estudiantes en asamblea, y ha sido comunicado por escrito a la dirección del centro, esas faltas de asistencia no podrán repercutir de modo negativo al alumnado.

En el caso del resto del alumnado, es decir el alumnado de cursos inferiores a 3º de la ESO, las faltas de asistencia en la jornada de huelga, deberán ser justificadas por los padres, madres o representantes legales que son en este caso son los convocantes de la misma, por lo que no podrían ser consideradas injustificadas salvo que no se aportara el correspondiente justificante. 
Fuente: Asamblea IES Ruiz Gijón